¿Cómo consigue un estimado de buena fe y qué pasa si su factura sale mucho más alta?
Si no tiene seguro, o paga la atención por su cuenta, pida al proveedor un estimado de buena fe antes de la atención programada: por lo general lo recibe cuando lo pide o cuando programa con suficiente anticipación. Si su factura final sale muy por encima del estimado, puede disputarla con un proceso federal, y el proveedor no puede mandar la factura a cobranza mientras la disputa está abierta.
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Datos clave
Programe la atención con al menos esta anticipación y el estimado le llega sin pedirlo
- Qué dice
- 3 días hábiles
- A quién aplica
- Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta
- Fuente
- CMS
- Revisado
El plazo más corto para que le manden el estimado después de programar
- Qué dice
- 1 día hábil
- A quién aplica
- Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta
- Fuente
- 45 CFR 149.610 (eCFR)
- Revisado
Puede disputar una factura que supere el estimado en esta cantidad
- Qué dice
- $400
- A quién aplica
- Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta y tienen un estimado de buena fe
- Fuente
- CMS
- Revisado
Si llega a un acuerdo durante la disputa, la factura debe bajar al menos
- Qué dice
- $12.50
- A quién aplica
- Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta y tienen una disputa abierta
- Fuente
- CMS
- Revisado
| Dato | Qué dice | A quién aplica | Fuente | Revisado |
|---|---|---|---|---|
| Programe la atención con al menos esta anticipación y el estimado le llega sin pedirlo | 3 días hábiles | Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta | CMS | |
| El plazo más corto para que le manden el estimado después de programar | 1 día hábil | Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta | 45 CFR 149.610 (eCFR) | |
| Puede disputar una factura que supere el estimado en esta cantidad | $400 | Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta y tienen un estimado de buena fe | CMS | |
| Si llega a un acuerdo durante la disputa, la factura debe bajar al menos | $12.50 | Pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta y tienen una disputa abierta | CMS |
¿Quién puede recibir un estimado de buena fe?
Las personas sin seguro, y las que tienen seguro pero deciden no usarlo para esa atención (pago por cuenta propia), por lo general tienen derecho a un estimado de buena fe (good faith estimate) de los cargos previstos Fuente 1. Lo recibe cuando lo pide o cuando programa la atención con suficiente anticipación. La anticipación mínima es de 3 días hábiles (CMS, publicado en 5 de octubre de 2026).
Si tiene seguro y piensa usarlo, las reglas son otras: vea "Tengo seguro" más abajo. Para pagar la atención por su cuenta, diga al proveedor al programar que es un paciente de pago por cuenta propia (self-pay) y pida el estimado por escrito.
¿Cuándo debo pedirlo y qué debe incluir?
Pídalo al programar la atención, o antes, mientras compara precios. Qué tan rápido debe llegar depende de cuándo lo pida Fuente 2:
- Cuando programa la atención con suficiente anticipación, el estimado debe llegarle dentro de 1 día hábil (45 CFR 149.610 (eCFR), publicado en 2026) después de programar. Si programa con más anticipación, el proveedor puede tardar hasta 3 días hábiles (45 CFR 149.610 (eCFR), publicado en 2026).
- Cuando pide un estimado sin programar, debe llegarle dentro de 3 días hábiles (45 CFR 149.610 (eCFR), publicado en 2026) después de pedirlo.
El estimado debe incluir Fuente 2:
- los artículos y servicios que se espera que reciba, con sus códigos de facturación y sus cargos previstos;
- los proveedores que se espera que le den la atención;
- que usted puede disputar una factura que sea considerablemente más alta que el estimado;
- que el estimado no es un contrato.
Guárdelo con sus papeles. Lo necesita si más tarde disputa la factura. Si espera algo que no aparece, como la anestesia o los análisis de laboratorio, pida un estimado aparte.
Tengo seguro. ¿Qué recibo en su lugar?
Por ahora, nada nuevo bajo esta regla. La regla también pide que los proveedores manden un estimado a su plan de salud, para que el plan pueda mandarle una "explicación anticipada de beneficios" (advanced explanation of benefits) antes de la atención. Las agencias federales han suspendido la aplicación de esa parte hasta que escriban sus reglas, y no las habían terminado la última vez que lo revisamos Fuente 3.
Lo que puede hacer mientras tanto:
- Pregunte a su plan cuánto pagará por el servicio y cuál será su parte, y si necesita una aprobación antes (autorización previa).
- Confirme que cada proveedor esté dentro de la red, incluidos el centro, el cirujano, la anestesia y el laboratorio.
- Conozca sus protecciones contra las facturas sorpresa. Nuestra guía sobre la ley Sin Sorpresas las explica.
- Pida un estimado de buena fe como paciente de pago por cuenta propia si decide no usar su seguro para esa atención Fuente 1.
Mi factura salió mucho más alta que el estimado. ¿Puedo disputarla?
Sí, si no tenía seguro o pagaba por su cuenta y recibió un estimado de buena fe. Puede iniciar una disputa federal (resolución de disputas entre paciente y proveedor) cuando la factura supera el estimado en al menos $400 (CMS, publicado en 2 de octubre de 2026) Fuente 4.
- Revise el plazo. Debe iniciarla dentro de los 120 días (CMS, publicado en 2 de octubre de 2026) siguientes a la fecha de la primera factura Fuente 4.
- Junte sus papeles: el estimado de buena fe y la factura. Una factura detallada le ayuda a compararlos línea por línea. Nuestra carta para pedir una factura detallada tiene las palabras.
- Inicie la disputa con el gobierno federal en la página de CMS para disputar una factura (en inglés).
- Conozca la tarifa. La disputa cuesta $25 (CMS, publicado en 2 de octubre de 2026), y si quien la revisa decide a su favor, la tarifa se descuenta de lo que usted debe Fuente 4.
Esta disputa es solo para pacientes sin seguro o que pagan por su cuenta y tienen un estimado de buena fe. Si tiene seguro, use el proceso de apelación de su plan, como explica nuestra guía sobre cómo apelar una negación del seguro, o presente una queja por una factura sorpresa (vea más abajo).
¿Qué pasa con mi factura durante la disputa?
El proveedor tiene que esperar. Mientras la disputa está abierta, el proveedor no puede mandar la factura a cobranza, sumar cargos por atraso ni castigarle por disputar, y cualquier cobro que ya había empezado debe parar Fuente 4.
Usted y el proveedor pueden llegar a un acuerdo mientras la disputa está abierta. Si lo hacen, la factura debe bajar al menos $12.50 (CMS, publicado en 2 de octubre de 2026). Pida cualquier acuerdo por escrito antes de pagar.
¿Quién me puede ayudar a presentarla?
- La línea de ayuda federal No Surprises responde preguntas sobre estimados y disputas: 1-800-985-3059. Atiende todos los días y ofrece ayuda en muchos idiomas Fuente 1.
- La mesa de ayuda No Surprises recibe preguntas y quejas por internet, con sus documentos, y puede enviarlas a una agencia federal o estatal Fuente 5.
- La oficina de facturación del proveedor puede corregir un error antes de que usted presente la disputa. Pídale que compare la factura con el estimado; nuestra guía sobre cómo negociar facturas médicas explica qué decir.
Siguiente paso
Si necesita ayuda con su caso, estos recursos pueden ayudarle:
LawHelp.org tiene una lista de ayuda legal gratuita cerca de usted.
La oficina del fiscal general de su estado recibe quejas sobre facturas médicas y cobradores de deudas.
El portal de quejas de la CFPB recibe quejas sobre cobradores de deudas y reportes de crédito.
La oficina de asistencia financiera del hospital puede revisar su factura y decirle qué ayuda ofrece.
Fuentes
Nota 1 CMS, "Medical bill rights". Publicado en 5 de octubre de 2026. Última revisión: 2 de noviembre de 2026.
Nota 2 45 CFR 149.610 (eCFR). Publicado en 2026. Última revisión: 3 de noviembre de 2026.
Nota 3 CMS, FAQs about Consolidated Appropriations Act, 2021 implementation: good faith estimates, Part 1 (Q6). Publicado en 1 de diciembre de 2021. Última revisión: 3 de noviembre de 2026.
Nota 4 CMS, "Dispute a bill". Publicado en 2 de octubre de 2026. Última revisión: 2 de noviembre de 2026.
Nota 5 CMS, "Submit a provider or insurer complaint". Publicado en 2 de noviembre de 2026. Última revisión: 3 de noviembre de 2026.
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